viernes, 2 de marzo de 2012

El Ejecutivo crea la figura del mediador para asuntos civiles y mercantiles

Evitar acudir a los tribunales

El Ejecutivo crea la figura del mediador para asuntos civiles y mercantiles


Soraya Saénz De Santamaría En La RDP Del Consejo De Ministros
Foto: EUROPA PRESS
MADRID, 2 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Gobierno ha aprobado un Real Decreto Ley por el que crea la figura del mediador para asuntos civiles y mercantiles con el objetivo de evitar que los conflictos terminen en los tribunales y puedan resolverse mediante el acuerdo entre las partes. El año pasado, los juzgados recibieron casi 9,5 millones de nuevos pleitos y el Ejecutivo quiere reducir "el elevado índice de litigiosidad".
Esta es una las razones de la medida, según ha explicado en rueda de prensa la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, tras el Consejo de Ministros. Otro motivo para el Real Decreto Ley es que se traspone con él una directiva comunitaria sobre asuntos transfronterizos que se debió incorporar al cuerpo normativo español en mayo del año pasado.
Sáenz de Santamaría ha anunciado que el real decreto se tramitará sin embargo como proyecto de ley en las Cortes para incorporar las enmiendas de los grupos parlamentarios. Además, el Gobierno pedirá apoyo a las cámaras de comercio para que puedan ejercer la mediación entre sus funciones.

CON LAS CÁMARAS DE COMERCIO

"Una de las reformas pendientes más importante del país es colocar la Administración de Justicia en el ámbito de las administraciones modernas, eficaces y eficientes. Eso se llama agilidad y se llama reducir la litigiosidad", ha expuesto la vicepresidenta y portavoz del Gobierno.
Sáenz de Santamaría adelantó el pasado martes en su comparecencia en el Senado que el Gobierno quería tomar la medida que ha aprobado este viernes y puso también, como hoy, el ejemplo de Francia, que con más población de España el año pasado registró seis millones de pleitos.
A diferencia del procedimiento arbitral, el mediador no tiene capacidad de decisión: ayuda a las partes a llegar a un acuerdo. Si lo alcanzan, ha subrayado la vicepresidenta, será vinculante para ambas, que podrán además elevarlo a escritura pública para que tenga "fuerza ejecutiva": puede invocarse ante los tribunales para que se ejecute con efectos de cosa juzgada, ha explicado Sáenz de Santamaría.
El Real Decreto Ley de mediación se extiende al ámbito civil y mercantil, con expresa exclusión de la mediación penal, la laboral, la de consumo y con las Administraciones públicas, de acuerdo con el ámbito de aplicación de la Directiva comunitaria que se traspone.
En el texto se precisa que la mediación es una opción, que es voluntaria, pero sí cabe que los jueces insten a las partes a que asistan a una sesión informativa cuando en una causa, dada la naturaleza del litigio, esa vía pueda ser más ágil y menos costosa.
Según la información facilitada hoy por el Gobierno, los acuerdos de mediación tienen un índice de cumplimiento voluntario por las partes muy superior al de los laudos arbitrales y las sentencias, índice que alcanza hasta el 98 por 100 de los casos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario